Todos pueden formar parte
de nuestra cooperativa

Deberes y Derechos

Conoce los deberes y los derechos que tienen nuestros Asociados

DEBERES: Son deberes especiales de los asociados:

  1. Adquirir conocimientos sobre los principios básicos del cooperativismo, características del acuerdo cooperativo y estatutos que rige la entidad.
  2. Cumplir las obligaciones derivadas del acuerdo cooperativo.
  3. Aceptar y cumplir las decisiones de los órganos de administración y vigilancia.
  4. Comportarse solidariamente en sus relaciones con la Cooperativa y con los asociados de la misma.
  5. Abstenerse de efectuar actos o de incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de la Cooperativa.
  6. Cumplir puntualmente sus compromisos adquiridos con la Cooperativa.
  7. Usar habitualmente los servicios que presta la sociedad.
  8. Concurrir a la Asamblea General de Asociados o de Delegados y a todos los actos a que sean convocados.
  9. Desempeñar fielmente los cargos para los cuales hayan sido elegidos.
  10. Avisar oportunamente a la Gerencia, el cambio de domicilio y dirección.
  11. Evitar comportamientos o expresiones en actos de la cooperativa o fuera de ella, que atenten contra la moral y honra de cualquier asociado o que afecten en forma directa o indirecta la imagen o el nombre de la cooperativa.
  12. Acatar el Estatuto de la Cooperativa.
  13. Acatar la aplicación de controles que adopte la Cooperativa para la prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.
  14. Actualizar, por lo menos cada año, su información personal y socioeconómica, así como la de sus beneficiarios, en las oficinas de la Cooperativa o mediante cualquier otro medio adecuado para ello. El no cumplimiento de lo anterior, generará el no otorgamiento de los beneficios a que hubiere lugar si para su otorgamiento fuere necesario de la actualización de la información.
  15. Declarar su impedimento cuando esté incurso en alguna incompatibilidad o causal de inhabilidad de orden legal o reglamentario. Así mismo, abstenerse de incurrir en hechos que generen conflictos de interés.

DERECHOS: Los asociados tendrán los siguientes derechos:

  1. Hacer uso de los servicios de la Cooperativa.
  2. Elegir y ser elegido para los cargos directivos.
  3. Concurrir a las Asambleas deliberar en ellas, emitir su concepto y ejercer la función de sufragio en forma tal, que a cada asociado hábil corresponda sólo un voto. Los asociados o delegados convocados no podrán delegar su representación en ningún caso y para ningún efecto.
  4. Percibir la participación correspondiente a los beneficios cooperativos.
  5. Fiscalizar la gestión económica y financiera de la entidad.
  6. Retirarse de la sociedad mientras ésta no se haya disuelto.
  7. Presentar al Consejo de Administración o Junta de Vigilancia cualquier proyecto que tenga por objeto el mejoramiento de la Cooperativa.
  8. Los demás que se deriven de su vinculación como asociado de la Cooperativa, en concordancia con la Ley, con el Estatuto y con reglamentos internos.